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La innovadora Directiva de la UE redefine la responsabilidad de las empresas

2 de mayo de 2024
Por CSE
Directiva sobre la diligencia debida en materia de sostenibilidad empresarial (CS3D)

La Unión Europea Directiva sobre la diligencia debida en materia de sostenibilidad empresarial (CS3D), aprobado definitivamente el 24 de abril por el Parlamento de la UE, supone un avance fundamental en la integración de las consideraciones medioambientales y de derechos humanos en la gobernanza empresarial.

Directiva sobre la diligencia debida en materia de sostenibilidad empresarial (CS3D)

Como parte del compromiso más amplio de la UE con las prácticas sostenibles, la directiva impone rigurosas obligaciones de diligencia debida a las empresas que operan dentro de su jurisdicción. Esta iniciativa legislativa, que concluyó su fase parlamentaria, será ratificada en breve por el Consejo de Ministros de la UE, un paso considerado en gran medida de procedimiento.

Una vez incorporada a las legislaciones nacionales de los Estados miembros, la Directiva obligará a determinadas empresas...tanto de la UE como de empresas internacionales que realizan importantes actividades en la región.-Identificar activamente, mitigar e informar sobre los impactos adversos potenciales y reales de sus operaciones sobre los derechos humanos y el medio ambiente.

Esto implica integrar sólidos marcos de diligencia debida en sus políticas internas, realizar evaluaciones periódicas y mantener una comunicación transparente sobre sus esfuerzos y resultados. Las empresas que no lo hagan se enfrentarán a responsabilidades civiles y a reclamaciones por daños y perjuicios potencialmente cuantiosas.

La directiva clasifica a las empresas en función de su tamaño y volumen de negocio, con plazos de cumplimiento escalonados que van de 2027 a 2029. También especifica excepciones, como las sociedades de cartera no operativas, y ajusta el alcance de las obligaciones para las entidades financieras, que inicialmente estaban sujetas a requisitos más amplios.

Entre los elementos clave del CS3D figuran:

  • Gestión de riesgos: Las empresas deben integrar la diligencia debida en sus estructuras de gobierno, desarrollando políticas que encapsulen estrategias de diligencia debida a largo plazo y un código de conducta aplicable a todas las operaciones comerciales.
  • Identificación y mitigación de impactos: Las entidades deben identificar proactivamente los riesgos y tomar medidas preventivas o correctivas, ajustando las relaciones comerciales cuando sea necesario para ajustarse a sus obligaciones éticas.
  • Transparencia e información: Hay un mandato de información pública detallada sobre los procesos de diligencia debida, los impactos adversos y las medidas correctoras adoptadas, que no se aplicará a las empresas ya sujetas a la Directiva sobre la elaboración de informes de sostenibilidad de las empresas (CSRD).

Además de estos requisitos, la directiva insiste en desarrollar un plan de transición climática que alinee las estrategias empresariales con los esfuerzos globales para limitar el calentamiento a 1,5 °C, adhiriéndose al Acuerdo de París.

Se prevé que el CS3D influya en unas 5.300 empresas de manera significativa, aumentando tanto los riesgos de litigio como las cargas administrativas, pero también allanando el camino hacia una ética empresarial mundial más responsable y sostenible.

¿A qué empresas se aplicarán las nuevas normas de la UE?

Grandes sociedades anónimas de la UE:

  • Grupo 1: +/- 9.400 empresas - Más de 500 empleados y más de 150 millones de euros de facturación neta en todo el mundo.
  • Grupo 2: +/- 3.400 empresas de sectores de alto impacto. - 250 empleados o más y un volumen de negocios neto de más de 40 millones de euros en todo el mundo, y que operan en sectores definidos de alto impacto, como el textil, la agricultura o la extracción de minerales. Para este grupo, las normas empiezan a aplicarse dos años más tarde que para el grupo 1.

Empresas no pertenecientes a la UE: +/- 2.600 empresas en el Grupo 1 y +/- 1.400 en el Grupo 2

Empresas de terceros países activas en la UE con un umbral de volumen de negocios acorde con los Grupos 1 y 2, generado en la UE.

PYME 

Las normas propuestas no afectan a las microempresas ni a las PYME. Sin embargo, la propuesta prevé medidas de apoyo para las PYME, que podrían verse afectadas indirectamente.

Esta Directiva no sólo complementa otras normativas de la UE, sino que establece un nuevo punto de referencia para la responsabilidad de las empresas en los ámbitos de la gobernanza medioambiental y social.

A medida que las empresas se preparan para estos cambios, deben mejorar sus procesos internos e impartir una formación exhaustiva a sus equipos de sostenibilidad para navegar eficazmente por este nuevo panorama normativo.

 

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